Uso del Crédito Fiscal Recibo Público de Servicios
En principio, para utilizar el crédito fiscal de los recibos públicos de servicios, debemos contar con el original de los recibos públicos emitidos a nombre del arrendador.
Por otra parte, en caso de un arrendamiento, se debe contar con el contrato de arrendamiento con firmas legalizadas donde se estipule que la cesión del uso incluye los servicios públicos.
Crédito Fiscal Recibo Público de Servicios
Según el artículo 21 de la Ley de IGV, respecto a los servicios públicos de energía eléctrica, agua potable y servicios finales, telefónicos, télex y telegráficos, el crédito fiscal podrá aplicarse al vencimiento del plazo para el pago del servicio o en la fecha de pago, lo que ocurra primero.
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