Nuevo Fraccionamiento Especial

Nuevo Fraccionamiento Especial SUNAT

Este nuevo beneficio se aplicará para fraccionar deudas tributarias administradas por la SUNAT, que constituyan ingresos del tesoro público exigibles hasta el 31 de diciembre de 2023.

¿Qué deudas puedo acogerme?

Los Ingresos del Tesoro Público, como Impuesto a la Renta, IGV, ISC, IPM, Impuesto Especial a la Minería, derechos arancelarios, entre otros, exigibles hasta el 31/12/2023, contenidas en Resolución de Determinación, Resolución de Multa, Orden de Pago, Liquidación de Cobranza, entre otras resoluciones. 

También, los saldos de aplazamientos y/o fraccionamientos vigentes o con causal de pérdida. Finalmente, las deudas que estén impugnadas o en cobranza coactiva

¿Qué beneficio se obtiene?

Podrás obtener un Bono de descuento sobre intereses, multas y sus respectivos intereses. En ese sentido, el descuento dependerá del tipo de pago.

  1. Pago al contado: Deuda solo por multas e intereses, se extinguen con descuento del 100%. 
  2. Pago Sumario: Una cuota de acogimiento y el saldo hasta en 3 cuotas mensuales. 
  3. Pago fraccionado: Una cuota de acogimiento y el saldo hasta en 72 cuotas. 
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