Libro de actas sociedades anonimas

Sociedades Anónimas deben tener un libro de Actas

¿Las sociedades anónimas deben tener legalizado un libro de actas?

Las sociedades anónimas deben temer legalizado un libro de actas, debido a que su uso es de importancia para la anotación de los acuerdos de la junta general. 

En ese sentido, el artículo 134 de la Ley General de Sociedades menciona: 

Artículo 134.- Actas. Formalidades

La junta general y los acuerdos adoptados en ella constan en acta que expresa un resumen de lo acontecido en la reunión.  Las actas pueden asentarse en un libro especialmente abierto a dicho efecto, en hojas sueltas o en cualquier otra forma que permita la ley. Cuando consten en libros o documentos, ellos serán legalizados conforme a ley.

Como se aprecia, la Ley General de Sociedades menciona que es necesario un libro de acta que debe ser legalizada para su uso.

Adicionalmente, podemos revisar el inciso b) del artículo 14 de la  Resolución de Superintendencia N.° 234-2006-SUNAT:

Artículo 14º.- DE LOS LIBROS DE ACTAS Y DE MATRÍCULA DE ACCIONES

La información mínima que se debe incluir en el Libro de Actas de la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, el Libro de Actas de la Junta General de Accionistas, el Libro de Actas del Directorio y Libro de Matrícula de Acciones, será la establecida en:

b) Los artículos 134°, 135° y 136° de la Ley General de Sociedades, para el Libro de Actas de la Junta General de Accionistas.

Por lo tanto, es obligatorio que las sociedades anónimas cuenten con un libro de actas.

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