Asociaciones sin fines de lucro presentan Beneficiario Final

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¿Las asociaciones sin fines de lucro deben presentar la declaración de Beneficiario Final?

Las entidades sin fines de lucro, tales como asociaciones sin fines de lucro, fundaciones o comités, se encuentran obligadas a presentar la declaración de beneficiario final.

En ese sentido, para determinar la condición de beneficiario final de las personas jurídicas, tales como las asociaciones sin fines de lucro, fundaciones y comités, en las que no sea posible identificar al beneficiario final bajo el criterio de propiedad previsto en el literal a) del párrafo 4.1 del artículo 4 del Decreto Legislativo N.º 1372, se deberá efectuar el análisis bajo el criterio de control – sea directo o indirecto – y, en caso nadie resultase identificado como beneficiario final bajo los anteriores criterios, deberá realizarse la determinación bajo el criterio de puesto administrativo superior.

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