multa no presentar sire sunat

Multa por no presentar SIRE SUNAT

Miguel ¿Cuánto es la multa por no presentar SIRE SUNAT?

La respuesta está tipificada en el numeral 10 del artículo 175 del código tributario.

No registrar o anotar dentro de los plazos máximos de atraso, ingresos, rentas, patrimonio, bienes, ventas, remuneraciones o actos gravados, o registrarlos o anotarlos por montos inferiores en el libro y/o registro electrónico que se encuentra obligado a llevar de dicha manera de conformidad con las leyes, reglamentos o Resolución de Superintendencia de la SUNAT.

En ese sentido, la multa equivale a 0.6% de Ingresos Netos. 

Adicionalmente, esta multa no podrá ser menor de 10% UIT ni mayor a 25 UIT.

Gradualidad del SIRE

El 07 de noviembre de 2019 se publicó la Resolución de Superintendencia 226-2019 que establece criterios de gradualidad para las infracciones sobre libros electrónicos que se anotan a través del SIRE:

Gradualidad-de-SIRE SUNAT

Facultad Discrecional

El 31 de agosto de 2020 se publicó Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N.º 000016-2020-SUNAT/700000, el cual aplica la facultad discrecional de no sancionar administrativamente la infracción tipificada en el numeral 10 del artículo 175 del Código Tributario.

RSNATI-000016-2020-SIRE
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Respuestas

  1. Buenas ncches Miguel hay un contribuyente que empezo sus operaciones en febrero 2024, tengo entendido que debía declarar en sire, pero no se pudo ya que no estaba habilitado, lo informe a la SUNAT, con un correo y recién lo han habilitado, pero para el periodo de abril, como hago para declarar los meses pendientes(febrero y marzo), los envio con el PLE? o espero a que me habiliten dichos meses?, agradezco de antemano tu respuesta. saludos.