SUNAT Flexibiliza la Gradualidad de Multas por No Declaración de Rentas de Primera y Cuarta Categoría
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) ha emitido una norma de gran trascendencia que beneficia directamente a las personas naturales y otros obligados que han omitido presentar sus declaraciones de pagos a cuenta y la declaración anual de Rentas de Primera y Cuarta Categoría.
La Resolución de Superintendencia N.º 355-2025-SUNAT modifica el Reglamento del Régimen de Gradualidad (aprobado por la Resolución de Superintendencia. N.º 063-2007-SUNAT), estableciendo un nuevo y más favorable esquema de gradualidad para la sanción de multa por la infracción tipificada en el numeral 1 del artículo 176 del Código Tributario.
¿Cuál es el objetivo de esta norma?
El propósito central de esta nueva resolución es incentivar el cumplimiento de la obligación de presentar las declaraciones que contienen la determinación de la deuda tributaria, específicamente las relacionadas con:
- Los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta por rentas de Primera Categoría (principalmente alquileres de bienes muebles e inmuebles).
- Los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta por rentas de Cuarta Categoría (principalmente ingresos de trabajadores independientes y profesionales).
- La declaración anual del Impuesto a la Renta por rentas distintas a la de Tercera Categoría (es decir, rentas de capital, como Primera y Segunda Categoría, y rentas de trabajo, como Cuarta y Quinta Categoría).
Esta modificación busca facilitar a la administración tributaria un control efectivo de estas obligaciones al contar con la información necesaria.
Nuevo Régimen de Gradualidad (Artículo 13-C)
La norma incorpora el Artículo 13-C al Reglamento, creando un régimen especial y altamente beneficioso para la infracción de no presentar las declaraciones que contengan la determinación de la deuda tributaria dentro de los plazos establecidos.
El beneficio de la gradualidad, que implica la reducción del monto de la multa, varía en función del momento en que el contribuyente subsanó la omisión (es decir, presentó la declaración) y si realizó el pago de la multa rebajada más los intereses correspondientes.
Tabla de Rebajas Aplicables a la Multa
La tabla incorporada en el artículo 13-C establece un máximo de rebaja de hasta el 100% de la multa en los casos de subsanación voluntaria. Incluso en la subsanación inducida (cuando la SUNAT ya notificó que se incurrió en la infracción), el beneficio de la rebaja llega a un notable 99% si no se realiza el pago, y 98% si se realiza el pago, siempre que se subsane dentro del sétimo día hábil posterior a la notificación. Esta es una oportunidad inédita para regularizar la situación fiscal con costos mínimos.
Vigencia y Aplicación Temporal
La resolución entra en vigor al día siguiente de su publicación.
Un punto clave es la Disposición Complementaria Transitoria Única, que establece la aplicación retroactiva del Artículo 13-C:
- Se aplica a la sanción de multa incurrida incluso con anterioridad a la fecha en que entra en vigor la nueva norma.
- El infractor debe cumplir con los criterios de gradualidad (subsanación y/o pago) establecidos en el Artículo 13-C.
- Importante: No aplica si el infractor ya se hubiera acogido a una gradualidad anterior, y no genera derecho a devolución o compensación.
Resumen y Recomendación
La Resolución de Superintendencia N.º 355-2025-SUNAT representa un gesto significativo de la Administración Tributaria para fomentar la formalización y el cumplimiento espontáneo en rentas de capital y trabajo.
Por lo tanto, si usted o su representada tienen pendientes declaraciones juradas (pagos a cuenta o declaración anual) de Rentas de Primera o Cuarta Categoría (incluida la Declaración Anual de Personas Naturales) por periodos anteriores, es el momento de revisar si califican para el régimen.
Subsanación Voluntaria: El mayor beneficio (100% de rebaja) se obtiene con la subsanación voluntaria, es decir, antes de que SUNAT le notifique.
Aproveche la Retroactividad: La disposición transitoria permite aplicar estas rebajas a infracciones pasadas, lo que minimiza considerablemente la contingencia.
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