El Nuevo Régimen Único Simplificado (Nuevo RUS)
Introducción
El Nuevo Régimen Único Simplificado (Nuevo RUS) constituye uno de los regímenes tributarios diseñados por el legislador peruano con la finalidad de simplificar el cumplimiento de obligaciones tributarias de los pequeños contribuyentes, principalmente personas naturales dedicadas a actividades comerciales o de servicios de baja escala. No obstante, su carácter simplificado no implica ausencia de reglas estrictas. Por el contrario, la normativa, los informes de la SUNAT y la jurisprudencia del Tribunal Fiscal evidencian que se trata de un régimen cerrado, restrictivo y de fiscalización objetiva.
El presente artículo analiza los principales criterios administrativos y jurisprudenciales relacionados con el Nuevo RUS, poniendo énfasis en los límites de permanencia, la emisión de comprobantes, la realización de operaciones incompatibles y las consecuencias de su incumplimiento.
Naturaleza jurídica del Nuevo RUS
De acuerdo con el criterio desarrollado por la SUNAT en el Informe N.º 075-2020-SUNAT, el Nuevo RUS forma parte de los regímenes del Impuesto a la Renta de tercera categoría, aunque con un tratamiento especial. La obligación tributaria se cumple mediante el pago de una cuota mensual fija, que sustituye la determinación del Impuesto a la Renta y del IGV bajo el régimen general.
Este aspecto es fundamental, pues confirma que el Nuevo RUS no es simplemente un sistema de pago simplificado, sino un régimen tributario completo, cuya aplicación exige el cumplimiento estricto de los requisitos legales.
Sujetos comprendidos y restricciones
El Informe N.º 059-2013-SUNAT y el Informe N.º 069-2018-SUNAT desarrollan los alcances del artículo 2 de la Ley del Nuevo RUS, precisando quiénes pueden acogerse y quiénes quedan excluidos del régimen. SUNAT enfatiza que la permanencia en el Nuevo RUS depende de condiciones objetivas, como el tipo de actividad realizada, el nivel de ingresos y la forma de operación.
No basta, por tanto, la voluntad del contribuyente ni el pago regular de la cuota mensual. Si se realizan actividades no permitidas o se superan los límites establecidos por ley, la exclusión del régimen resulta automática.
Emisión de comprobantes y límites formales
Uno de los aspectos más relevantes del Nuevo RUS es el régimen de comprobantes de pago. El Informe N.º 060-2022-SUNAT señala de manera expresa que los contribuyentes del Nuevo RUS solo pueden emitir boletas de venta y no están autorizados a emitir facturas.
La emisión de una factura constituye un indicio claro de que el contribuyente realiza operaciones propias de regímenes distintos, lo cual genera la pérdida inmediata del Nuevo RUS. Este criterio ha sido reiterado por la SUNAT y respaldado por el Tribunal Fiscal, reforzando el carácter excluyente del régimen.
Operaciones incompatibles y realidad económica
El Informe N.º 055-2024-SUNAT profundiza en la idea de que no solo importa el monto de ingresos, sino también la forma en que se realizan las operaciones. Determinadas modalidades de venta, intermediación o prestación de servicios pueden resultar incompatibles con el Nuevo RUS, aun cuando los ingresos no superen los límites establecidos.
Este enfoque se alinea con el principio de primacía de la realidad, ampliamente aplicado en materia tributaria, según el cual la SUNAT evalúa los hechos reales por encima de las declaraciones formales del contribuyente.
Exclusión del Nuevo RUS y criterio del Tribunal Fiscal
Las Resoluciones del Tribunal Fiscal analizadas refuerzan los criterios administrativos. En la RTF N.º 03076-2-2025, el Tribunal confirma que el pago regular de la cuota del Nuevo RUS no convalida la permanencia en el régimen cuando se verifica el incumplimiento de los requisitos legales.
De manera similar, la RTF N.º 07849-10-2025 establece que la realización de operaciones no permitidas justifica la exclusión del Nuevo RUS, incluso si el contribuyente actuó sin intención de incumplir la norma. Finalmente, la RTF N.º 00822-10-2024 valida la facultad de la SUNAT para efectuar fiscalizaciones y disponer la migración forzada a un régimen distinto cuando se acredita la incompatibilidad objetiva.
Relación con otros sistemas tributarios
Un aspecto adicional relevante es la inaplicación del Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias (SPOT) a los contribuyentes del Nuevo RUS, criterio desarrollado en el Informe N.º 096-2012-SUNAT. Ello se explica porque los sujetos del régimen no emiten comprobantes que permitan efectuar detracciones, reafirmando el carácter diferenciado del Nuevo RUS frente a otros regímenes.
Conclusión
El análisis de las fuentes normativas permite concluir que el Nuevo RUS es un régimen de aplicación estricta y control objetivo, orientado a pequeños contribuyentes, pero con reglas claras e intransigentes. La SUNAT y el Tribunal Fiscal coinciden en que la permanencia en el régimen depende exclusivamente del cumplimiento real de los requisitos legales, y no de la mera formalidad del pago mensual.
En consecuencia, los contribuyentes acogidos al Nuevo RUS deben evaluar permanentemente sus operaciones, volumen de ingresos y forma de facturación, pues cualquier desviación puede generar su exclusión automática, con efectos tributarios significativos.
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