Resolución de Ejecución Coactiva (REC) y embargos SUNAT

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¿Te llegó una REC de SUNAT? Esto es lo primero que debes entender

La Resolución de Ejecución Coactiva (REC) es uno de los documentos más temidos por cualquier contribuyente. No es una simple notificación: es el inicio de un procedimiento en el que la SUNAT puede cobrar tu deuda tributaria de forma forzada, incluso mediante embargos.

En términos simples:

Si recibiste una REC, ya estás en etapa de cobranza.

¿Qué es exactamente la Resolución de Ejecución Coactiva?

La REC es el acto administrativo mediante el cual la SUNAT, a través del ejecutor coactivo, te exige el pago de una deuda tributaria ya exigible.

  • Base legal: artículos 115° al 119° del Código Tributario.

Según el Tribunal Fiscal, la cobranza coactiva se inicia con la notificación de la REC (RTF N.° 00394-Q-2025).

Tienes solo 7 días: el plazo que muchos ignoran

Una vez notificada la REC:

  • Tienes 7 días hábiles para pagar la deuda
  • Si no pagas, SUNAT puede iniciar embargos

Este plazo es clave: no actuar aquí puede salir muy caro.

Embargos SUNAT: qué te pueden quitar realmente

Si no pagas dentro del plazo, la SUNAT puede aplicar medidas de embargo, entre ellas:

1. Embargo en cuentas bancarias

  • Bloqueo de fondos en cuentas
  • Es el más común y rápido

2. Embargo de bienes

  • Inmuebles
  • Vehículos
  • Maquinaria

3. Retención a terceros

  • SUNAT ordena a tus clientes que paguen directamente a la SUNAT

Error común: pensar que un reclamo detiene la cobranza

Muchos contribuyentes creen que presentar un reclamo o apelación detiene automáticamente la cobranza.

Esto es falso.

Según, el Informe N.º 074-2008-SUNAT, la cobranza coactiva no se suspende automáticamente.

Solo se suspende en casos específicos, por ejemplo:

  • Deuda no exigible
  • Medida cautelar concedida
  • Error evidente en la deuda

Cuándo la REC puede ser inválida

El Tribunal Fiscal ha sido claro: muchas cobranzas coactivas se caen por errores formales.

Casos donde puedes defenderte:

  • Notificación incorrecta
  • Deuda prescrita
  • Deuda impugnada dentro de plazo
  • REC sin requisitos legales

Por ejemplo, la RTF N.° 01814-Q-2015 señala que si la REC no fue correctamente notificada, el procedimiento coactivo es inválido.

¿Te embargaron indebidamente? Puedes recuperar tu dinero

No todo está perdido.

El Tribunal Fiscal ha establecido que:

  • Si la cobranza fue indebida
  • SUNAT debe devolver el dinero embargado + intereses

Estrategia inteligente: qué hacer si recibes una REC

Si te llega una REC, actúa rápido:

Paso 1: Revisar la deuda

  • ¿Está bien calculada?
  • ¿Está prescrita?

Paso 2: Verificar notificación

  • ¿Te notificaron correctamente?

Paso 3: Evaluar defensa

  • Reclamo
  • Queja
  • Solicitud de suspensión

Paso 4: Evitar el embargo

  • Pago
  • Fraccionamiento

Conclusión

La Resolución de Ejecución Coactiva marca un punto de quiebre:

  • SUNAT ya puede ejecutar
  • Los embargos son inminentes
  • El margen de acción es limitado
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