Como se calcula las utilidades
El artículo 29 de la Constitución reconoce el derecho de los trabajadores a participar en las utilidades de la empresa, el cual es desarrollado a nivel legal a través del Decreto Legislativo 892 que regula el derecho de los trabajadores a participar en las utilidades de las empresas que desarrollan actividades generadoras de rentas de tercera categoría.
El artículo 2 de la norma antes mencionada establece los porcentajes de las empresas que se encuentran obligados a distribuir las utilidades en sus trabajadores, el mismo que señala lo siguiente:
Los trabajadores de las empresas participan en las utilidades de la empresa, mediante la distribución por parte de esta de un porcentaje de la renta anual antes de impuestos.
El porcentaje referido es como sigue:
- Empresas Pesqueras 10%
- Empresas Agrarias 5% entre el 2021 al 2023, 7.5% entre el 2024 al 2026 y 10% a partir del 2027 en adelante
- Empresas de Telecomunicaciones 10%
- Empresas Industriales 10%
- Empresas Mineras 8%
- Empresas de Comercio al por mayor y al por menor y Restaurantes 8%
- Empresas que realizan otras actividades 5%
Cálculo de Utilidades
De esta manera, el cálculo del monto de utilidades que debe recibir cada trabajador se hace de la siguiente forma:
- 50% distribuido en función a los días laborados,
- 50% deberá ser repartido en proporción a las remuneraciones percibidas en el año.
Con relación a los “días laborados”, se advierte que el literal a) del artículo 2 del Decreto Legislativo 892 dispone que estos se entienden como “el día real y efectivamente trabajado”.
Asimismo, se señala que estos días se refieren cuando el trabajador cumple efectivamente la jornada ordinaria de la empresa.
Finalmente, establece que la participación que pueda corresponder a cada trabajador tendrá como límite máximo el equivalente a 18 remuneraciones mensuales vigentes al cierre del ejercicio.
Respuestas