Multa por no tener Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo
¿Cuánto es la multa por no tener Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo?
No constituir o designar al Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo se considera una infracción grave de seguridad y salud en el trabajo.
La infracción está tipificada en el numeral 27.12 del artículo 27 del Decreto Supremo N.º 019-2006-TR:
Artículo 27.- Infracciones graves de seguridad y salud en el trabajo
27.12 No constituir o no designar a uno o varios trabajadores para participar como supervisor o miembro del Comité de Seguridad y Salud, así como no proporcionarles formación y capacitación adecuada.
Por lo tanto, no designar al Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo es una infracción grave.
Obligados a designar Supervisor de SST
¿Quiénes están obligados a designar un Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo?
Están obligados a contar con un Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo, todos los empleadores que tengan al menos un trabajador en planilla.
Multa Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo
La empresa MISHA No MYPE, tiene 10 trabajadores en planilla y no han designado un Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo ¿Cuánto sería multa?
Recordemos que la multa se calcula con base en el tipo de empresa, falta y número de trabajadores afectados.
Luego, de revisar la tabla de infracciones, verificamos que la multa es: 1.57 UIT
Finalmente, la multa será: S/ 8,086.
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