Situaciones Especiales de Subsidios

Casos Especiales Subsidio

Existen algunas situaciones especiales sobre los descansos médicos y el pago de subsidios relacionadas con el cierre del ejercicio.

Por ejemplo:

¿Cuál es el tratamiento para un trabajador que al 31 de diciembre se encuentra con descanso médico, inicia un nuevo cómputo para el siguiente año?

Situaciones Especiales Subsidio

En primer lugar, debemos mencionar que, en casos de descansos médicos, es el empleador quien asume el pago de los primeros 20 días del descanso. Posteriormente, a partir del día 21 en adelante, lo asume Essalud, bajo la modalidad de subsidio.

Adicionalmente, el pago que asume el empleador por los primeros 20 días se realiza por cada año de vínculo laboral.

Por ejemplo:

  • Año 2025: 20 días de descanso médico que asume el empleador.
  • Año 2026: 20 días de descanso médico que asume el empleador.

Trabajador con Descanso Médico al 31 de diciembre

Pero, recordemos la pregunta antes mencionada:

¿Cuál es el tratamiento para un trabajador que al 31 de diciembre se encuentra con descanso médico, inicia un nuevo cómputo para el siguiente año?

Para responder esta pregunta, revisemos el inciso a) del artículo 33.10 del Decreto Supremo N.º 013-2019-TR:

a) Si al 31 de diciembre, el empleador o cooperativa estuviera pagando la remuneración correspondiente a los primeros veinte (20) días de incapacidad temporal en ese año, y la incapacidad continuase, seguirá abonando la remuneración hasta que el trabajador sea dado de alta o hasta que se cumplan los veinte (20) días del siguiente año. Si al finalizar los veinte (20) días del siguiente año, subsistiera la incapacidad temporal, EsSalud abonará los subsidios que correspondan.

Por lo tanto, si al 31 de diciembre un trabajador estuviera con descanso médico (por ejemplo, 30 días), el empleador seguiría pagando la remuneración hasta cumplir los 20 días del siguiente año.  

20242025
10 días20 días
EmpleadorEmpleador

En conclusión, el conteo empieza de cero a partir del primer día del año siguiente.

Trabajador Subsidiado al 31 de diciembre

Pero, surge otra pregunta:

¿Cuál es el tratamiento para un trabajador que al 31 de diciembre se encuentra subsidiado, inicia un nuevo cómputo de 20 primeros días para el siguiente año?

Para responder esta pregunta, revisemos el inciso b) del artículo 33.10 del Decreto Supremo N.º 013-2019-TR:

b) Si al 31 de diciembre el asegurado regular trabajador en actividad dependiente, asegurado pescador y procesador pesquero artesanal independiente o asegurado agrario dependiente o independiente, estuviera subsidiado por EsSalud y la incapacidad temporal continuase, se seguirá abonando el subsidio hasta ser dado de alta o hasta el vencimiento del plazo máximo.

En este caso, el subsidio seguirá vigente, por lo tanto, ya no habrá 20 primeros días que asuma el empleador en dicho año. 

20242025
10 días10 días
SubsidioSubsidio
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