¿Qué es el conductor de una microempresa?

Según el artículo 2 del Decreto Supremo N.º 008-2008-TR menciona que se entiende por conductor, donde se menciona dos puestos:
- A la persona natural que dirige una microempresa que no se ha constituido como persona jurídica y que cuenta con, al menos, un (1) trabajador; y,
- A la persona natural que es titular de una microempresa constituida como una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada y que cuenta con, al menos, un (1) trabajador.
Finalmente, podemos concluir indicando lo que menciona el último párrafo del artículo 29 de la norma antes mencionada:
El conductor de la microempresa, tal como ha sido definido en el artículo 2, accede a los beneficios del régimen especial de salud y del sistema de pensiones sociales regulados en esta la Ley.
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