Contabilidad Computarizada Obligada SIRE
¿A partir de cuando están obligados a llevar SIRE los contribuyentes que llevan contabilidad computarizada?
A partir del periodo agosto 2024, los contribuyentes que, al 31 de julio de 2024, se encuentren obligados a llevar Registro de Ventas y Registro de Compras y que además se encuentren en el Régimen Especial de Renta y Régimen MYPE Tributario.
En ese sentido, los contribuyentes que venían anotando sus registros contables en forma manual y/o computarizada, dejaran de llevar en estos formatos y tendrán que migrar al Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE).
Facultad Discrecional SIRE
Por otra parte, mencionar que actualmente, existe facultad discrecional para la anotación del SIRE hasta el periodo diciembre 2024, siempre y cuando lo subsanen hasta 31 de enero de 2025.
¿Qué va a pasar con el Libro Diario Simplificado?
En el caso de un contribuyente acogido al Régimen MYPE Tributario, que partir del periodo agosto 2024, empiecen utilizar SIRE para el registro de compras y ventas, podrán seguir llevando el Libro Diario Simplificado en formato manual o computarizado.
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