
Depreciación de edificios y construcciones
¿Es necesario la necesita anotación en libros contables para utilizar la depreciación de edificios y construcciones?
El requisito de la anotación de la depreciación en los libros y/o registros contables no es aplicable para los bienes del inciso a) del artículo 22 del Reglamento del Impuesto a la Renta:
a) De conformidad con el Artículo 39° de la Ley, los edificios y construcciones sólo serán depreciados mediante el método de línea recta, a razón de 5 % anual.
¿Por qué?
El requisito de la anotación de la depreciación en libros y/o registros contables está tipificado, solo aplica para los otros activos del inciso b) del artículo 22 del Reglamento del Impuesto a la Renta.
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