Facultad Discrecional SIRE 2025

Facultad discrecional SIRE SUNAT

Amplían la facultad discrecional del SIRE SUNAT hasta el 31 de julio de 2025.

El día 31 de enero de 2025 se publicó la RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE TRIBUTOS INTERNOS N.º 003-2025-SUNAT, mediante la cual se amplía la facultad discrecional de no sancionar infracciones relacionadas con el RVIE y RCE donde incluye los periodos enero, febrero,
marzo, abril, mayo y junio de 2025
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Facultad Discrecional SIRE

Ampliar lo dispuesto en los numerales 2 de la columna “Supuestos para la aplicación de la facultad discrecional” del Anexo a la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N.º 000039-2023-SUNAT/700000, relativos a las infracciones tipificadas en los numerales 2 y 10 del artículo 175 del Código Tributario, para:

  1. Incluir a dichas infracciones cuando se configuren por los periodos enero, febrero, marzo, abril, mayo y junio de 2025; y,
  2. Prorrogar el plazo para subsanar la generación de los registros y/o realizar los ajustes que correspondan en el SIRE hasta el 31 de julio de 2025.

Conclusión

Si un contribuyente aún no ha regularizado la anotación del RVIE y RCE a través del SIRE desde el periodo julio 2023 hasta la actualidad, lo podrá subsanar sin pago alguno de multa, siempre que subsana la presentación hasta el 31 de enero 2025.

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