Implicaciones Tributarias de las Transferencias Gratuitas para Empresas

Las transferencias a título gratuito, es decir, aquellas en las que no hay contraprestación económica, realizadas por particulares a favor de una empresa, se consideran ingresos para efectos del Impuesto a la Renta en Perú. Esta disposición se encuentra respaldada por el literal g) del artículo 1 del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta.
Bienes Recibidos Gratuitamente: Ingresos Gravados
Cuando una empresa recibe bienes de forma gratuita, estos deben ser considerados ingresos gravados con el impuesto a la renta. Es fundamental tener en cuenta que esta normativa aplica a las relaciones entre particulares (empresas).
Para la correcta declaración de estos ingresos, es necesario revisar las facturas que documenten la transferencia a título gratuito, así como aquellas que puedan incluir tanto ventas como obsequios. En estas facturas, se debe verificar el valor referencial de cada bien recibido gratuitamente.
Los ingresos derivados de estos bienes se gravan en el mes en que son recibidos físicamente por la empresa. Para asegurar la exactitud de este proceso, es recomendable coordinar con el personal de almacén de la empresa y verificar las guías de remisión del remitente, si corresponde, para confirmar la fecha de recepción de los bienes.
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Miguel buenas noches, suponiendo que compro 1 barril de cervez y me regalan suministros para hacer cerveza, lo ingreso 25/75 y luego cuando lo consumo lo mando al gasto 65/25, quedando efecto cero, esta bien?, el gasto es valido?
Es correcto, lo mismo aplica para un activo de regalo, lo voy a depreciación y el impacto será cero.