Nuevo Régimen Único Simplificado (NRUS) en Perú: Guía Completa para Negocios Pequeño

Aprende todo sobre el Nuevo RUS en Perú, el régimen tributario para negocios pequeños. Descubre quiénes califican, cómo pagar, categorías, sanciones y beneficios. ¡Optimiza tus impuestos y evita multas!
Definición y Propósito del Régimen Tributario
Un régimen tributario es un “conjunto de normas o reglas que determinan cómo una persona natural o jurídica debe de cumplir sus obligaciones tributarias”. Esto incluye qué impuestos pagar, cómo calcularlos y los beneficios asociados. En Perú, existen cuatro regímenes tributarios: NRUS, Régimen Especial de Renta (RER), Régimen MYPE Tributario y Régimen General de Renta. Este artículo se enfoca en el NRUS.
Sujetos Comprendidos en el NRUS
El NRUS está dirigido exclusivamente a personas naturales y sucesiones indivisas domiciliadas en el país que realicen actividades de comercio y/o servicios.
- Personas Naturales: Incluye individuos que desarrollan actividades económicas.
- Sucesiones Indivisas: Se refiere a los bienes, derechos y obligaciones de una persona fallecida que aún no han sido legalmente repartidos entre los herederos. La sucesión indivisa es considerada un contribuyente hasta la distribución de los bienes. Un familiar directo puede actuar como representante legal de la sucesión para trámites tributarios, como la devolución de percepciones.
Actividades Excluidas del NRUS
Aunque el NRUS es para personas naturales, no todas las actividades califican. Se excluyen expresamente:
- Actividades profesionales: Aquellas que requieren un título profesional reconocido por la Ley Universitaria. Si un contribuyente en el NRUS empieza a realizar actividades profesionales, debe cambiar al Régimen MYPE Tributario o al Régimen General a partir del primer día calendario del mes siguiente a la percepción de dichos ingresos, sin posibilidad de reingresar al NRUS.
- Otras actividades específicas (según el Artículo 3 del Decreto Legislativo 937): Transporte de carga con vehículos de capacidad mayor o igual a dos toneladas métricas.
- Servicio de transporte terrestre nacional o internacional de pasajeros.
- Actividades de notarios, martilleros, comisionistas.
- Venta de inmuebles.
- Comercialización de combustibles.
- Entrega de bienes en consignación.
- Organización de espectáculos públicos.
Cuotas Mensuales y Categorías
El NRUS tiene dos categorías de pago, determinadas por el nivel de ventas y compras mensuales:
- Categoría 1 (20 soles): Si las ventas y las compras mensuales no superan los 5,000 soles.
- Categoría 2 (50 soles): Si las ventas o las compras mensuales superan los 5,000 soles, pero no exceden los 8,000 soles.
Puntos Clave sobre el cálculo de cuotas:
- La determinación de la categoría se basa en el tope de ventas o compras de manera independiente; basta con que una de las dos supere los 5,000 soles para pasar a la Categoría 2.
- El tope mensual máximo para ventas y compras en el NRUS es de 8,000 soles. Superar este límite implica la necesidad de cambiar de régimen tributario.
- Para las compras, el monto a considerar incluye “los tributos que graben las operaciones”, como el IGV y las percepciones. Esto es crucial, ya que el no incluir estos tributos puede llevar a una recategorización por parte de SUNAT si el contribuyente subestima sus compras.
Declaración y Pago de la Cuota Mensual
- La cuota mensual se considera una declaración jurada y pago. El contribuyente informa verbalmente o en el formulario los montos de ventas y compras.
- Medios de Pago: Presencialmente en el Banco de la Nación o agentes autorizados, usando la Guía de Pago Fácil.
- Virtualmente a través de la página de SUNAT (www.sunat.gob.pe), en “Operaciones en línea”, usando el formulario 1611. Se puede pagar con tarjeta de débito/crédito o Yape. El Número de Pago SUNAT (NPS) no está habilitado para el NRUS.
- Fecha de Pago: El pago se realiza al mes siguiente del periodo tributario, respetando el cronograma de vencimiento mensual publicado por SUNAT, según el último dígito del RUC. Es una fecha límite, no el único día de pago.
- Pago Anticipado: No se puede pagar una cuota de un periodo que aún no ha terminado, ya que los montos de ventas y compras de ese mes deben ser consolidados.
Infracciones y Sanciones por Incumplimiento de Pago
- Interés Moratorio: Si no se paga la cuota dentro de la fecha de vencimiento, se genera un interés moratorio del 0.03% diario.
- Multa: La infracción es por “no presentar las declaraciones que contengan la determinación de la deuda dentro de los plazos establecidos” (Artículo 176 numeral 1 del Código Tributario).
- Cálculo de la Multa: 0.6% de cuatro veces el límite máximo de ingresos brutos mensuales de la categoría correspondiente (5,000 soles para Categoría 1 y 8,000 soles para Categoría 2).
- Categoría 1: 5,000 * 4 * 0.6% = 120 soles.
- Categoría 2: 8,000 * 4 * 0.6% = 192 soles.
- Límite Mínimo: La multa no puede ser menor al 5% de la UIT (268 soles para el 2025). Por lo tanto, la multa aplicable sería de 268 soles.
- Régimen de Gradualidad: La multa puede acogerse a una gradualidad del 90% (según Resolución Superintendencia N.º 063-2007), reduciéndola a 27 soles.
- Facultad Discrecional de SUNAT (RSNATI N.º 012-2021): SUNAT aplica una facultad discrecional que implica no sancionar al contribuyente del NRUS por no pagar la cuota a tiempo, siempre y cuando regularice el pago antes de que surta efecto la notificación de la resolución de cierre del local.
Comprobantes de Pago
- Los contribuyentes del NRUS pueden emitir solo boletas de venta, las cuales pueden ser físicas o electrónicas.
- A diferencia de otros regímenes, el NRUS no está obligado a la emisión electrónica desde el inicio. La RS 254-2018 permite a los sujetos del NRUS emitir comprobantes tanto electrónicos como impresos para “facilitar el cumplimiento de la obligación”.
- Excepción: Si un contribuyente del NRUS se cambia a otro régimen (RER, MYPE, General) y luego regresa al NRUS, pierde la posibilidad de emitir comprobantes físicos; todas sus boletas de venta deben ser electrónicas.
- Compras: Los contribuyentes del NRUS deben solicitar factura por sus compras, a menos que el emisor también esté en el NRUS, en cuyo caso aceptarán boleta de venta.
Obligaciones Adicionales
- Libros Tributarios: Los contribuyentes del NRUS no están obligados a llevar ningún tipo de libro o registro contable (compra, venta, diario, etc.).
- Declaraciones: La declaración se integra en el pago mensual de la cuota, donde se informa sobre las ventas y compras. No hay una declaración mensual separada.
- Adquisición de Activos Fijos:El tope anual de compras de activos fijos es de 70,000 soles.
- Este tope no incluye la adquisición de predios ni vehículos. Esto significa que un contribuyente del NRUS puede adquirir inmuebles para su negocio o vehículos para el transporte de productos que superen los 70,000 soles sin exceder los límites del régimen.
Beneficios Adicionales
- Seguro Integral de Salud (SIS): Los contribuyentes del NRUS que están al día con sus pagos pueden afiliarse automáticamente al SIS, ellos y sus derechohabientes. El SIS se activa al tercer periodo de pago consecutivo.
Consideraciones Frecuentes y Consejos
- Reinicio de Negocio y Pagos Atrasados: Si un contribuyente del NRUS interrumpe su actividad económica y luego desea reiniciar, no está obligado a pagar las cuotas mensuales de los periodos sin actividad.
- Si solo estaba en NRUS, se puede dar de baja al RUC a la fecha de la última boleta utilizada.
- Si tenía otros tributos registrados (Renta de Cuarta Categoría por recibos por honorarios), debe solicitar la baja de los tributos del negocio en las oficinas de SUNAT, manteniendo activos los otros tributos. Es fundamental no regularizar pagos de periodos sin actividad económica.
- Devolución de Percepciones: Las percepciones son montos adicionales cobrados al comprar ciertos productos a agentes de percepción (2% adicional).
- Opciones: Compensar con la cuota mensual: Se puede usar el Formulario 1611 virtual o la Guía de Pago Fácil, indicando el monto a compensar en la casilla correspondiente para reducir o anular el pago en efectivo.
- Solicitar la devolución:Requisitos: Clave SOL, estar al día con los pagos mensuales y haber pagado la categoría correcta (20 o 50 soles).
- Proceso: Ingresar a SUNAT Virtual, “Mis trámites y consultas”, “Otras declaraciones y solicitudes”, “Mis devoluciones” y “Registro de solicitud de devolución 1649”. Se selecciona tipo 28, tributo 1011 y el último periodo tributario vencido.
- Formas de Devolución: Orden de Pago Financiera (cobro en Banco de la Nación), Abono en Cuenta (depósito directo en cuenta bancaria a nombre del solicitante), o Cheque (menos recomendable).
- Documentación: Adjuntar un archivo PDF con la consulta de percepciones acumuladas (obtenido de la página de SUNAT, “Consulta de percepciones de sujetos no afectos al IGV”).
- Plazo de Resolución: Máximo 45 días hábiles, con notificación en el buzón electrónico.
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Base legal pls, “Reinicio de Negocio y Pagos Atrasados: Si un contribuyente del NRUS interrumpe su actividad económica y luego desea reiniciar, no está obligado a pagar las cuotas mensuales de los periodos sin actividad.”
Solo aplica en caso de una suspensión de actividades, y luego reinicias actividades, no es obligatorio regularizar el pago de las cuotas.