Nuevo Rus Importación
Un contribuyente del Nuevo Rus ¿puede realizar importaciones?
El literal c) del artículo 3.2 del Texto Único del Nuevo Régimen Único Simplificado establece como actividades no comprendidas lo siguiente:
c) Efectúen y/o tramiten cualquier régimen, operación o destino aduanero; excepto se trate de contribuyentes: i) Cuyo domicilio fiscal se encuentre en zona de frontera, que realicen importaciones para el consumo que no excedan de US$ 500 (quinientos y 00/100 dólares americanos) por mes, de acuerdo a lo señalado en el Reglamento.
En ese sentido, los contribuyentes pueden realizar importaciones siempre y cuando no excedan los 500 dólares por mes.
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