Rentas de Cuarta Categoría según el Tribunal Fiscal

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El Tribunal Fiscal ha desempeñado un rol clave en la interpretación y aplicación del régimen de rentas de cuarta categoría, resolviendo controversias surgidas entre la Administración Tributaria y los contribuyentes. Sus resoluciones permiten comprender cómo los principios legales se materializan en casos concretos.

La RTF N.º 00330-1-2024 recuerda que las rentas de cuarta categoría forman parte de la renta neta del trabajo, junto con las rentas de quinta categoría. Este criterio es relevante porque evidencia que el análisis de la carga tributaria del contribuyente debe realizarse de manera integral, considerando todas las fuentes de ingresos personales.

Por su parte, la RTF N.º 02373-4-2020 desarrolla la determinación de la renta bruta y neta de cuarta categoría. El Tribunal analiza la aplicación de las deducciones permitidas por la ley, reafirmando que solo pueden reducirse aquellos conceptos expresamente autorizados, en línea con el principio de legalidad tributaria.

Las obligaciones del agente de retención han sido materia de análisis en resoluciones como la RTF N.º 09236-2-2007 y la RTF N.º 00358-1-2023. En estos casos, el Tribunal evalúa la responsabilidad del retenedor frente al incumplimiento de las retenciones de cuarta categoría, destacando que la omisión de retener puede generar contingencias tributarias 

significativas.

Asimismo, la RTF N.º 08082-5-2024 examina aspectos procedimentales vinculados a la declaración de ingresos, incluyendo referencias a rentas de cuarta categoría. El Tribunal subraya la importancia del cumplimiento oportuno y correcto de las obligaciones formales como elemento esencial del sistema tributario.

Finalmente, la RTF N.º 09322-13-2025, de emisión reciente, analiza la correcta aplicación de retenciones de cuarta y quinta categoría en un contexto de fiscalización. Este pronunciamiento evidencia la continuidad del criterio jurisprudencial orientado a verificar la correcta determinación del impuesto y la observancia de las normas por parte de los agentes económicos.

En conjunto, la jurisprudencia del Tribunal Fiscal confirma que las rentas de cuarta categoría deben analizarse atendiendo a la realidad económica de la prestación del servicio, al cumplimiento de las obligaciones formales y a la correcta aplicación de las retenciones. Estos criterios complementan la interpretación administrativa de SUNAT y consolidan un marco jurídico predecible para los contribuyentes.

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