
Retenciones a las dietas de directorio
¿Se realiza retenciones a las dietas de directorio?
Las dietas del directorio están afecto a la retención del 8% siempre que el monto pagado supere los S/ 1,500 soles.
¿Por qué se aplica retención a las dietas del directorio?
Porque las dietas del directorio se consideran como rentas de cuarta categoría, en ese sentido el inciso b) del artículo 33 de la Ley del impuesto a la Renta menciona:
Artículo 33.- Son rentas de cuarta categoría las obtenidas por:
El desempeño de funciones de director de empresas, síndico, mandatario, gestor de negocios, albacea y actividades similares, incluyendo el desempeño de las funciones del regidor municipal o consejero regional, por las cuales perciban dietas.
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