SIRE en el Régimen General
¿Desde cuándo tengo que utilizar el SIRE, si pertenezco al régimen general?
Estarán obligados a utilizar el SIRE a partir del periodo agosto 2024, aquellos contribuyentes que al 31 de julio de 2024 están obligados a llevar sus registros de compras y de ventas e ingresos de acuerdo a la Ley del IGV, independientemente de cómo los vengan llevando.
Agosto 2024
Las empresas nuevas que se constituyan a partir del periodo agosto 2024, deberás utilizar el SIRE desde el primer día calendario del tercer mes siguiente a aquel en se adquieren dicha obligación o desde el período en que adquieran por elección la calidad de emisor electrónico.
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