retencion sueldo sunat

SUNAT puede embargar mi Sueldo

¿SUNAT puede embargar el sueldo de un trabajador por una deuda tributaria?

Es correcto, la SUNAT puede notificar al empleador para que retenga parte de su remuneración por alguna deuda tributaria.

Si bien es cierto, tiene esa facultad, pero no del 100% de la remuneración. En ese sentido, el artículo 648° del Texto Único Ordenado del Código Procesal Civil menciona:

(…) Las remuneraciones y pensiones por las primeras 5 unidades de referencia procesal. Él exceso es embargable hasta por una tercera parte.

Recordemos que URP = 10% UIT = S/ 515

Caso Práctico de Embargo de Remuneraciones por SUNAT

Miguel Torres recibe una remuneración de S/ 3,500 soles mensuales y la SUNAT ha notificado a su empleador con una resolución de embargo por una deuda de renta anual 2023.

¿Cuánto será el importe a retener?

  • Sueldo: S/ 3,500
  • No embargable: 2,575 (5 URP)
  • Saldo: S/ 925

Finalmente, se retiene la tercera parte del saldo: S/  308.30 soles.

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