
Vencimiento del Libro Diario Simplificado Electrónico
¿Cuál es el vencimiento del libro diario electrónico simplificado?
El vencimiento del libro diario simplificado electrónico está tipificado en el anexo 2 de la Resolución de Superintendencia N.º 234-2006 donde se indica que el plazo máximo de atraso es tres (3) meses, contados a partir del primer día hábil del mes siguiente de realizadas las operaciones.
¿No existe un cronograma de vencimiento como es el caso del Registro de Ventas Electrónico?
La respuesta NO. Más bien se aplica el mismo vencimiento para el libro diario simplificado físico o computarizado
Vencimiento del Libro Diario Simplificado
Si bien es cierto hemos mencionado que el plazo máximo de atraso es tres (3) meses, es importante saber calcular dicho plazo.
Por ejemplo:
¿Cuándo vencería el plazo para anotar el libro diario simplificado electrónico del periodo agosto 2024?
En primer lugar, para responder esta pregunta, primero debemos responder una pregunta adicional:
¿Cuál es el primer día hábil del mes siguiente de realizadas las operaciones?
Para el periodo agostó, terminó el 31 de agosto, el primer día hábil sería el 02 de setiembre de 2024 (01 de setiembre es domingo).
Luego, de calcular el primer día hábil del mes siguiente de realizadas las operaciones, realizamos el conteo de los 3 meses.
- Inicio: 02 de setiembre de 2024
- Fin: 02 de diciembre de 2024
Por lo tanto, el plazo máximo de anotación del libro diario simplificado electrónico del periodo agosto 2024, es 02.12.2024.
Curso Libro Diario Simplificado Electrónico
En este curso aprenderás todas lo relacionado con el Libro Diario Simplificado Electrónico.
La anotación de los asientos de compras y de ventas en el libro diario de formato simplificado electrónico es por cada operación o se puede centralizar ventas y compras por dia?
Puedes consolidar operaciones por día.