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Buen dia, Una persona natural en el RER, brinda el servicio de hospedajes, en Julio del 2023 se acogio al beneficio ” Tasa especial y temporal del IGV 10% (IGV 8% + IPM 2%) “, pero a partir de nov-2023 me sale este mensaje: Usted no se encuentra del ámbito de aplicación para el uso de la tasa especial del igv, porque NO cumple con al menos unos de los requisitos establecidos en la Ley N° 31556., me duda es no le correspondia el beneficio? sus ventas anuales no superan las 70 UIT. Agradezco su respuesta.