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miguel buenas tardes,
Consulta
El año pasado me notificaron con OP por el periodo abril-2024 correspondiente al tributo de IGV por error en el arrastre del crédito fiscal (no se tenia crédito fiscal en realidad), para la cual la fecha de OP fue el 29/08/2025 y luego nos llego la resolución coactiva con fecha 06/09/2024 al ver el caso hicimos la rectificatoria el día 10/09/2024 e hicimos el pago de la deuda tributaria el 10/09/204.
Hicimos la consulta con respecto a la gradualidad y nos indicaron que correspondía el 60% de rebaja pero se pago recién el 09/10/2024. Por error se aplico la rebaja del 40% y se solicito la devolucion por el saldo sim embargo la sunat ha determinado como denegado.
Según el caso cual seria la tasa de rebaja para nuestro caso???