condicion no hallado

¿Qué significa la condición de no hallado?

Un contribuyente adquiere la condición de No Hallado, en caso la SUNAT le notifiqué cualquier tipo de documento y el contribuyente no sea ubicado por los siguientes casos:

  • Negativa de recepción de la notificación o de la constancia de verificación del domicilio fiscal.
  • Ausencia de persona capaz en el domicilio fiscal o éste se encuentra cerrado, o
  • La dirección declarada como domicilio fiscal no existe.

En los dos primeros casos, para que se adquiera la condición de No Hallado, las situaciones mencionadas deben producirse en tres (3) oportunidades en días distintos.

Consecuencias de tener la condición de No Hallado

  • No podrá solicitar autorización de impresión de comprobantes de pago.
  • SUNAT podrá utilizar las formas de notificación señaladas en el literal e) del artículo 104° del Código Tributario (publicación en página web de SUNAT o en diario).

Levantamiento de la condición de No Hallado

Para levantar tu condición de No Hallado deberá actualizar o confirmar su domicilio fiscal a través de SUNAT Operaciones en Línea, ingresando con su código de usuario y clave de acceso, y seleccionando la opción “Modificación de Datos del RUC por Internet”.

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Respuestas

    1. No será deducible como gasto los comprobantes, emitido por el contribuyente, que a la fecha de emisión del citado comprobante tenga la condición de no habido, salvo que el 31 de diciembre del ejercicio, el contribuyente haya cumplido con levantar tal condición. Finalmente, si no es gasto, tampoco podrás usar el crédito fiscal.