utilizacion de servicios

¿Cuándo se usa el crédito fiscal en utilización de servicios?

El artículo 19° de la Ley del IGV señala que en la utilización en el país de servicios prestados por no domiciliados, el crédito fiscal se sustenta en el documento que acredite el pago del impuesto. 

Asimismo, según el inciso c) del citado artículo, para ejercer el derecho al crédito fiscal en la utilización de servicios prestados por no domiciliados, se requiere que el formulario donde conste el pago del impuesto haya sido anotado en cualquier momento por el sujeto del impuesto en el Registro de Compras.

Finalmente, el artículo 21° de la Ley del IGV establece que tratándose de la utilización de servicios prestados por no domiciliados, el crédito fiscal podrá aplicarse únicamente cuando el IGV hubiera sido pagado.

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Respuestas

  1. Miguel alguna contingencia si anoto tanto el invoice como el formulario 1662 con el pago del igv no domiciliado, pero al invoice no le coloco la referencia al FV 1662?. Pierdo el credito fiscal o solo es un requisito formal