SUNAT debe evaluar todas las pruebas antes de concluir que una operación es no real

Sunat evaluacion de pruebas

La RTF N.° 06436-5-2005 contiene un criterio relevante para los contribuyentes que enfrentan reparos por operaciones supuestamente no reales.

En este caso, SUNAT desconoció el crédito fiscal del IGV y el gasto para efectos del Impuesto a la Renta sustentados en facturas emitidas por un proveedor de servicios de captación y mantenimiento de cartera morosa. La Administración consideró que el proveedor no contaba con la infraestructura necesaria para prestar dichos servicios y que existían diversos indicios que cuestionaban la realidad de las operaciones.

Sin embargo, el Tribunal Fiscal observó que la empresa había presentado diversos medios probatorios, tales como contratos, informes de avance, cartas de clientes, registros contables, cheques y documentación relacionada con la ejecución de los servicios. Asimismo, advirtió que aún existían diligencias y verificaciones pendientes que podían contribuir a esclarecer los hechos.

Por ello, el Tribunal concluyó que no era suficiente sustentar el reparo únicamente en determinados indicios, sino que correspondía realizar una valoración conjunta y razonada de todos los medios probatorios disponibles, en aplicación del principio de verdad material.

La enseñanza que deja esta resolución es clara: para desconocer un gasto o crédito fiscal no basta con cuestionar al proveedor o señalar que tiene deficiencias operativas. SUNAT debe demostrar, mediante una investigación completa y una evaluación integral de las pruebas, que la operación realmente no ocurrió.

RTF N.° 06436-5-2005: la fehaciencia de una operación se determina mediante la valoración conjunta de las pruebas y no por la existencia de observaciones aisladas sobre el proveedor.

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