¿Se puede retirar la CTS 2026?
Se puede retirar el 100% de los depósitos de CTS efectuados en las entidades financieras hasta el 31 de diciembre de 2026.
Lo antes mencionado, está tipificado en la única disposición complementaria transitoria Ley N.º 32322, que menciona en su único artículo:
Se autoriza, por única vez y hasta el 31 de diciembre del 2026, a los trabajadores, comprendidos en los alcances del Decreto Legislativo 650, Ley de Compensación por Tiempo de Servicios cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado por el Decreto Supremo 001-97-TR, a disponer libremente del 100% de los depósitos por Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) efectuados en las entidades financieras y que tengan acumulados a la fecha de disposición.
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