
¿Cuáles son los medios de pago SUNAT?
Los medios de pago válidos son los siguientes:
- Depósitos en cuenta.
- Giros.
- Transferencia de fondos.
- Órdenes de pago.
- Tarjetas de débito expedidas en el país.
- Tarjetas de crédito expedidas en el país.
- Cheques.
- Remesas.
- Cartas de crédito.
En ese sentido, a partir del 1 de enero del 2023 no son medio de pago los que se canalicen a través de empresas bancarias o financieras que sean residentes de países o territorios no cooperantes o de baja o nula imposición o establecimientos permanentes situados o establecidos en tales países o territorios según la LIR.
Comunicación a SUNAT
A partir del 1 de abril de 2022, los contribuyentes deben comunicar a Sunat con anterioridad al pago la designación del tercero a través de Mesa de Partes Virtual o Centros de Servicios.
Pagos a No Domiciliado
En este caso, puede canalizarse a través de empresas del Sistema Financiero o de empresas bancarias o financieras no domiciliadas, en los casos que el obligado realice operaciones de comercio exterior, incluidas las originadas por la adquisición de predios y derechos relativos a los mismos, acciones y otros valores mobiliarios, así como las operaciones de compraventa internacional.
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